RESOLUCION D. P. ANDALUZ SOBRE PAREJAS DE HECHO
RESOLUCION D. P. ANDALUZ SOBRE PAREJAS DE HECHO
El Defensor del Pueblo Andaluz dicta Resolución declarando contraria a derecho la Instrucción dictada en marzo que establecía como requisito para constituirse a los extranjeros en pareja de hecho el residir legalmente en España.
En la Resolución se hace referencia a que la “Dirección General toma la acertada decisión de llevar a cabo una modificación en relación a la polémica circular, con el objeto de adecuar su contenido a lo que establece el Decreto 35/2005, de 25 de Febrero, por el que se constituye el Registro de Parejas de Hecho.
Llegándose por lo tanto a la conclusión que para una persona extranjera será suficiente con el pasaporte, a efectos de identificación, para poder acceder a la inscripción del Registro de Parejas de Hecho, siendo esto independiente a la situación en la que se encuentre el nacional extranjero en España”.
Ahí va la Resolución:
jueves 26 de julio de 2012